Actualización de la Resolución Final Interina (IFR) del DBE
Texas está aceptando documentos de reevaluación hasta el 30 de abril.
El Programa Unificado de Certificación de Texas (TUCP) aceptará la documentación de reevaluación de DBE y ACDBE desde el lunes 30 de marzo hasta el jueves 30 de abril de 2026.
Todas las firmas DBE y ACDBE con sede en Texas que deseen seguir participando en estos programas deben ser reevaluadas para su elegibilidad bajo los nuevos criterios. Las personas o propietarios que cumplan los requisitos de estas empresas deben presentar los siguientes documentos a su respectiva agencia de certificación TUCP:
- Relato personal con documentación de apoyo
- Declaración personal de patrimonio neto
- Copia completa de la declaración de impuestos personal más reciente, incluyendo todos los anexos y W2
- Extracto bancario personal actual
Recursos de reevaluación
Notas importantes para el proceso de reevaluación
- Los DBE y ACDBEs que no deseen solicitar una reevaluación pueden retirarse del programa enviando un ticket de soporte técnico a través de su portal con "Retirar la certificación DBE/ACDBE" en el tema del ticket.
- Todas las empresas DBE/ACDBE serán retiradas del directorio TUCP durante el proceso de reevaluación. Solo las empresas que demuestren con éxito su elegibilidad bajo los nuevos criterios serán reinstaladas.
- Las firmas DBE/ACDBE interestatales son retiradas de la lista hasta que la firma vuelva a solicitar la certificación interestatal. Las certificaciones interestatales se reanudarán una vez finalizado el proceso de reevaluación a nivel estatal.
- Las nuevas solicitudes de certificación DBE/ACDBE están temporalmente en pausa.
- El procesamiento de las Declaraciones de Elegibilidad (DOE) de DBE/ACDBE está temporalmente suspendido y se reanudará una vez finalizado el proceso de reevaluación a nivel estatal. Tu fecha de certificación no cambiará.
Aclaraciones relacionadas con el cumplimiento de contratistas DBE
- El programa DBE sigue existiendo. La IFR no eliminó el programa DBE.
- Las disposiciones de terminación en 49 CFR § 26.53(f) sigue aplicándose a los contratos existentes. Los DBEs comprometidos aprobados no pueden ser terminados sin la aprobación previa por escrito de TxDOT.
- Si el contratista principal realiza por sí mismo el trabajo del DBE comprometido u otra empresa lo hace, entonces el contratista principal no tiene derecho a recibir pago por el trabajo.
- El cumplimiento del requisito de pago puntual sigue siendo aplicable. El pago puntual se aplica a todos los subcontratistas, no solo a los DBE.
- Para los contratos ejecutados antes del 3 de octubre de 2025, los contratistas principales deben introducir los pagos en TxDOT DMS. El subcontratista requiere confirmación del pago puntual incluso si el pago reportado es cero.
- TxDOT no realizará revisiones CUF durante el proceso de reevaluación. Los contratistas principales deberían realizar sus propias revisiones internas de CUF.