Proceso federal
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Proceso federal

El proceso federal se aplica a un contrato de servicios relacionado con ingeniería o diseño directamente relacionado con un proyecto de construcción de carretera y reembolsado con fondos del Programa Federal de Ayuda para Carreteras (FAHP).

Una empresa que preste servicios relacionados con ingeniería o diseño debe estar administrativamente cualificada con una tarifa efectiva antes de la fecha límite de la solicitud para competir por contratos utilizando el proceso federal, salvo que sea elegible para utilizar la tasa indirecta federal de "puerto seguro". La elegibilidad debe ser aprobada por el Grupo de Cualificaciones Administrativas de PEPS antes de la fecha límite de la convocatoria para poder competir. No hay servicios relacionados con ingeniería o diseño exentos.

  • Tasa federal de coste indirecto de puerto seguro: El 5 de junio de 2018, la FHWA aprobó un programa nacional de Puerto Seguro. La tasa de coste indirecto de puerto seguro para el uso opcional por firmas de consultoría elegibles en contratos financiados por FAHP bajo el programa es del 120 por ciento (vigente desde el 1 de enero de 2020).
  • Consideraciones de elegibilidad para proveedores no cualificados administrativamente: Una empresa principal o subproveedora que preste servicios relacionados con ingeniería o diseño y que no esté cualificada administrativamente, debe poder certificar una o más de las siguientes opciones para ser elegible para utilizar la tasa indirecta de puerto seguro federal:
    • La empresa no debe estar actualmente cualificada administrativamente ni haber sido previamente cualificada administrativamente por TxDOT ni haber emitido una tasa de coste indirecto (ICR) por otro DOT, ni pasada ni presente.
    • La empresa no ha tenido previamente una tasa de costes indirectos aceptada por una agencia competente y carece de experiencia previa con contratos financiados federalmente para los cuales se habría desarrollado una tasa indirecta.
    • La firma tiene poca o ninguna experiencia en contratación federal, lo que ha dado lugar a una estructura contable mediante la cual el desarrollo de una tasa de coste indirecto conforme a los Principios Federales de Costes sería un desafío y probablemente no resultaría en una tarifa representativa.
    • La firma carece de recursos financieros para contratar a un contable público certificado (CPA) que realice una auditoría conforme a la normativa FAR.
    • La empresa carece de la sofisticación financiera necesaria para desarrollar una tasa de coste indirecta mediante el proceso de autocertificación.
    • La empresa es una empresa nueva o en marcha sin historial contractual que pueda utilizar como base para el desarrollo de una tarifa de costes indirectos.
    • La empresa no cuenta con una tasa de coste indirecto real auditada o autocertificada desarrollada conforme a los principios de costes de la Federal Acquisition Regulations (FAR).

Además, la empresa debe completar y presentar el Cuestionario de Control Interno (ICQ) de la AASHTO y demostrar que posee, y está utilizando, un sistema de contabilidad de costes aceptable capaz de segregar costes directos e indirectos.

Si una empresa es elegible y se utiliza la tarifa de puerto seguro, la tarifa de puerto seguro será aplicable durante la vigencia del contrato.

La tarifa de puerto seguro no está destinada ni se utilizará como tarifa de campo en un contrato basado en el campo. Si se selecciona una empresa elegible que opte por la tarifa de puerto seguro para ofrecer servicios que requieran una tarifa de campo, TxDOT establecerá una tarifa de campo para la empresa.

Administrador de PEPS AQ
PEPS_Admin_Quals@txdot.gov